DIVORCIO CON HIJOS

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Abogados especializados en acuerdos de divorcios con hijos con vocación y dedicación profesional.

Respeto

Tratamos de buscar soluciones legales adaptadas a las necesidades familaires desde el máximo respeto

Tranquilidad

Sin letra pequeña, precios cerrados, consultas gratuitas. Información puntual de los trámites en todo momento

¿Cómo me puedo divorciar con hijos?

Se produce el divorcio entre cónyuge, no respecto de los hijosPor responsabilidad no se puede mezclar el divorcio o separación de los padres con los hijos.

Los niños no se divorcian, sólo los padres. En nuestro despacho de abogados tratamos de gestionar los procedimientos de derecho de familia con hijos con la máxima prudencia pues nunca se llega a saber la realidad familiar.

Hay que tender a involucrar lo mínimo posible a los niños en la separación de sus padres. Hay que separar el drama emocional de la ruptura con el bienestar de nuestros hijos que en todo momento debe de ser la prioridad.

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Divorcio con hijos

Separación con hijos pequeños: Pensión de los hijos

La pensión de alimentos en un divorcio, separación o proceso de guarda y custodia de hijos no matrimoniales les corresponde a los hijos, no a sus progenitores. Existe confusión en cuanto a la diferencia respecto a la pensión compensatoria que en su caso le pueda corresponder a cargo de uno de los cónyuges y a cargo del otro.

La pensión de alimentos en casos de derecho de familia es indisponible, o lo que es lo mismo, no es susceptible de mercadeo entre los progenitores que no podrán disponer de ella pues no le corresponde, les corresponde a los hijos para cubrir sus necesidades.

Además, a diferencia de lo que ocurre en el caso de la patria potestad, guarda y custodia y régimen de visitas que se extingue a los 18 años con la mayoría de edad de los hijos, la pensión de alimentos deberá de abonarse hasta la independencia económica.

¿Qué es la independencia económica de los hijos?

Es la situación que se produce cuando un hijo que hasta ese momento ha sido dependiente económicamente adquiere medios económicos suficientes como para valerse por si mismo de manera autónoma.

Por ello, habrá hijos que pueden adquirir la independencia económica a los 18 años, o incluso antes, pero también otros que si estudian medicina como se suele poner de ejemplo de estudios de larga duración, probablemente no adquieran la independencia económica hasta los 30 años.

Es por todo ello que los progenitores deben de asumir sus responsabilidades y por ello no pretender abonar una pensión de alimentos hasta los 18 años sino ocuparse de mantener y costear las necesidades de los hijos hasta que se puedan valer por si mismos de manera independiente.

Tipos de divorcio con hijos

Divorcio con hijos mayores de edad

Existen casos en los que el divorcio se produce cuando los hijos ya son mayores de edad y en este caso no existirá regulación paternofilial respecto de patria potestad, guarda y custodia o régimen de visitas, sino que únicamente, en su caso, pensión de alimentos.

Indicamos en su caso pues debemos de diferenciar entre hijos mayores de edad independientes económicamente y otros que aún no lo sean por no haber terminado sus estudios académicos o formación profesional o por haberla terminado, pero no haber conseguido incorporarse al mercado laboral para tener ingresos propios.

En el caso de los hijos mayores independientes, no tendrán que intervenir en el procedimiento. En cambio, en el caso de los hijos comunes mayores de edad que sean dependientes se deberán de establecer las medidas económicas que hagan posible cubrir sus necesidades. En este caso, la situación se complica aún más pues deberán de acudir los hijos a la ratificación con independencia que se produzca en el Juzgado o en el notario para prestar su consentimiento.

¿Es razonable que tengan que acudir los hijos a la firma de la separación o divorcio de sus padres?, desde nuestro punto de vista rotundamente no, en absoluto, pues de hecho puede dar lugar a chantajes de los propios hijos para el establecimiento de unas medidas económicas diferentes a las deseadas por sus progenitores.

En estos casos no se trata sólo realmente de un divorcio de mutuo acuerdo entre los progenitores sino también de los hijos comunes mayores de edad dependientes. Esto puede suponer que un acuerdo de divorcio de los cónyuges no pueda llevarse a efecto por no querer mostrar su conformidad el hijo común por considerar que las medidas que le atañen no son adecuadas y no desea dar su consentimiento a su aprobación.

Divorcio con hijos pequeños y vivienda

En los casos en los que en el matrimonio existen hijos comunes menores de edad y vivienda se debe de dar prioridad en primer lugar a la atribución de la guarda y custodia y después consecuentemente a la vivienda.

De mutuo acuerdo cabe establecer aquello que los cónyuges consideren oportuno, pero por lo contencioso un juez aplicará en defecto de acuerdo y entendimiento la atribución del uso y disfrute del domicilio familiar al hijo común menor de edad y consecuentemente al progenitor custodio.

Esto genera infinidad de enfrentamientos entre los padres pues no sólo está en juego la atribución de la custodia de los hijos pequeños, sino que además ello derivará la atribución del uso del domicilio que generará una prestación en especie que supondrá que los cónyuges propietarios reciban un diferente trato jurídico, pues mientras que a uno de ellos se le atribuirá el uso y disfrute del domicilio familiar y ajuar, al otro no.

También existirá en el caso de custodias compartidas la posibilidad de atribución a ambos cónyuges en periodos alternos de manera coincidente con el ejercicio de custodia de sus hijos, lo que si los cónyuges son razonables puede ser muy buena opción, pero en el caso de que no lo sean puede acabar en conflictos y procedimiento de ejecución y reclamaciones judiciales posteriores.

Divorcio con hijos y mujer que no trabaja

En los divorcios con hijos en los que la mujer no está trabajando se suele producir una situación compleja en lo que se refiere al establecimiento de las medidas económicas y paternofiliales de la ruptura.
Se suelen defender dos situaciones como si se pudieran generalizar y desde nuestro punto de vista no es así. Desde el punto de vista de los hijos no siempre el hecho de que la mujer del matrimonio que se separa o divorcia tiene que quedarse con la custodia de los hijos. Habrá que estudiar caso por caso y tener en cuanta no lo que es mejor para los padres sino para los hijos.

Igualmente, desde el punto de vista de las medidas económicas no en todos los casos de divorcio deberán de establecerse medidas económicas entre los cónyuges, pues de hecho lo normal es no establecerla. Para establecer una pensión compensatoria deben de concurrir una serie de requisitos entre los que destacan la duración del matrimonio, la dedicación del matrimonio, la edad de los cónyuges y en definitiva el desequilibrio económico que se haya podido producir.

Separación con hijos

Es indiferente que la ruptura se tramite por el cauce de la separación matrimonial o el divorcio pues siempre que existan hijos comunes deberán de salvaguardarse sus derechos con independencia de si en el contexto familiar de la ruptura de sus padres existe matrimonio, o no, o si optan por separarse o divorciarse.

La separación o el divorcio con hijos tiene los mismos requisitos respecto de estos. La gran diferencia entre ambos casos es que en la separación el matrimonio no se disuelve de manera definitivamente mientras que en el divorcio sí termina y finaliza el vínculo matrimonial.

Los hijos deben de ser la prioridad de la regulación a establecer tanto en separaciones como divorcios. Por responsabilidad de padres y madres se debe de separar la ruptura y el drama que pueda llevar aparejado el divorcio con hijos y vivienda con hipoteca  manteniendo la unidad familiar de la manera más adaptada a la nueva situación de crisis matrimonial.

Que un niño tenga padres separados o divorciados no es ningún problema, el problema es no saber gestionar la ruptura. Es importante la regulación, pero más aún lo es la actitud que deben de mantener ambos cónyuges para que dicha regulación pueda llevarse a la práctica con sentido común y buscando el mayor beneficio de los hijos comunes posible.

Convenio regulador divorcio con hijos e hipoteca

El convenio regulador  es el documento en el que se establecen los efectos del matrimonio. Si lo asimiláramos con un contrato, sería el acuerdo de resolución. Las mayores complicaciones surgen en los casos de divorcios con hijos e hipoteca.

La prioridad en el divorcio con hijos y vivienda con hipoteca debe de ser los hijos, pero también es importante poder mantener las necesidades de los mismos y una de ellas es el mantenimiento de la vivienda.

En los casos en los que la familia reside en una vivienda compartida e hipotecada, el pago de la hipoteca será fundamental para el correcto cuidado y atención de los hijos menores.

El impago de la letra de la hipoteca podrá acabar en un procedimiento de ejecución hipotecaria en el que los hijos comunes se vean privados del uso del inmueble familiar.

Evidentemente incluso en ese caso existen otras posibilidades como son por ejemplo irse de alquiler o residir con familiares o allegados, pero lo mejor en todos los casos que sea posible es hacer un especial esfuerzo por mantener el patrimonio familiar que constituirá un beneficio para el presente y futuro de toda la familia y en definitiva redundará positivamente en nuestros hijos y podrá hacer mejor su vida.

Divorcio y separación de bienes con hijos

En todo procedimiento de divorcio o separación matrimonial se produce la disolución del régimen económico matrimonial. En el caso de que los cónyuges ostenten el régimen económico matrimonial de separación de bienes no notarán diferencia entre la situación patrimonial que existía durante el matrimonio que la se produce después del divorcio judicial o notarial.

En los casos en los que los cónyuges no tengan separación de bienes sino bienes gananciales, está se disolverá pues no cabe la posibilidad de mantener la continuidad de dicho régimen económico matrimonial después de la separación o el divorcio. A pesar de disolverse la sociedad de gananciales está no necesariamente se liquidará.

La disolución del régimen económico matrimonial se producirá en el momento de la separación matrimonial, divorcio, fallecimiento de alguno de los cónyuges o el otorgamiento de capitulaciones matrimoniales que establezcan otro régimen económico diferente. La liquidación se produce cuando una vez disuelto el régimen matrimonial de gananciales se reparten los bienes entre los esposos.

Es como si desde que nace la sociedad de gananciales patrimonialmente pasaran a ser tres: Un cónyuge, el otro y la sociedad de gananciales. Pues bien, cuando termina la sociedad de gananciales por la disolución de esta los cónyuges podrán instar la liquidación o reparto de los bienes y deudas que integran la sociedad ganancial o si lo desean mantenerla sin liquidar pues no es necesario, perfectamente pueden mantener vinculaciones patrimoniales gananciales, aunque la sociedad se haya disuelto en tanto en cuanto, reiteramos, no se liquide por el reparto entre cónyuges, venta o pérdida sobrevenida.

Divorcio con hijos menores

Cuando los hijos son pequeños hay personas que defienden que el divorcio no les afecta por ser muy pequeños y otros que dicen que precisamente por su corta edad el divorcio les causa un mayor trauma. Nosotros defendemos que no es cuestión de edad sino de buscar la normalidad para los menores.
Si ambos progenitores saben mostrar tranquilidad y equilibrio en las relaciones con el hijo no será lo importante la separación o el divorcio pues el niño o niña en definitiva se sentirá querido y se podrá adaptar a la situación familiar.

Los hijos tienen una gran capacidad innata de adaptación a las situaciones y es por ello que los padres con hijos pequeños que se divorcian en primer término deben de mostrarse naturales en la medida de lo posible.

Separación con hijos e hipoteca

No hay que meter en una burbuja de familia idílica y perfecta a nuestros hijos pues en ese caso si llega la ruptura probablemente nuestros hijos no entiendan nada. No podemos pretender que un niño vea su familia como la unión de su padre y madre perfectos, sino que dos padres maravillosos, pero con sus cosas buenas y malas que tratan de superar los problemas juntos y darle la mejor parte de su vida a los hijos.

De esa manera un posible divorcio o separación podrá ser entendido por los hijos a los que se les podrá explicar, aunque su edad sea temprana.El problema no es que los hijos sean muy pequeños, sino que los padres se porten como niños pequeños en su ruptura.

26 comentarios en “Divorcio con Hijos”

  1. Yo quiero divorciarme, tenemos dos hijos pero ya son mayores de edad, uno de ello independiente y otro está terminando un master. No se si para ustedes en relación al precio lo consideran un divorcio express con hijos o sin hijos, es de mutuo acuerdo y estamos de acuerdo en todo. ya terminamos hace poco de pagar la hipoteca, no tenemos préstamos ni deudas y los dos trabajamos y cobramos más o menos el mismo sueldo. Gracias.

  2. Buenos días.
    En su caso aplicamos el precio de divorcio de mutuo acuerdo sin hijos menores que es de 100 euros por cónyuge incluyendo abogado, procurador e IVA. Si bien es cierto que tienen dos hijos, como indica, ya son mayores de edad.
    En un divorcio con hijos mayores de edad sólo se establecen las medidas económicas para mantenerle y costear sus gastos hasta la independencia económica. Además, debe de tener en cuenta, que en el Juzgado citarán al hijo mayor dependiente para que dé su conformidad con las medidas del divorcio que le afecten.
    Muchas gracias, contestación sección divorcio express con hijos.

  3. Me voy a separar, tengo un a niña de 6 años e hipoteca en común con mi marido, tendría que abonar yo el 50 por ciento de la hipoteca estando en desempleo? Y que es más favorable la custodia compartida o total?? Y cuanto me corresponde por ello? Muchas gracias x su atención,, saludos!!

  4. Buenas tardes:

    Ambos deben de abonar la hipoteca por mitades, pero siempre es recomendable mediar para tratar de establecer una regulación adecuada a las circunstancias. Hay que analizar el caso detalladamente, pero si usted está en situación de desempleo podría corresponderle y establecerse una pensión compensatoria, pero ya decimos que hay que estudiar el caso en profundidad, puede llamarnos con toda confianza pues las consultas con nuestros abogados son gratis, no tienen coste económico y las realizamos tratando de orientar a ambos esposos hacía un acuerdo a la medida de las necesidades familiares y sobre todo al ser un divorcio con un hijo menor de edad, que sea la regulación más beneficiosa para el niño.

    En el tema de la custodia habrá que estudiar la situación familiar para establecer el sistema de custodia que como prioridad sea el más beneficioso para el hijo. En una separación o divorcio con hijos en España desde 2013 es preferente la custodia compartida, debiendo de ser ambos padres idóneos para ellos. Al tener el hijo común ya 6 años, si que tiene una edad adecuada para establecer cualquier tipo de custodia.

    Lo importante es poder analizar la disponibilidad de ambos progenitores, el arraigo, cuidados, domicilios, en el caso de ser necesarios posibles apoyos familiares etc. En función del sistema de custodia se establece en su caso la pensión de alimentos que corresponda. En una custodia monoparental, ya sea de madre o de padre, obligatoriamente se deberá de establecer una pensión de alimentos a cargo del progenitor no custodio; mientras que en una custodia compartida se puede no establecer para que cada progenitor atienda las necesidades cotidianas de los hijos por mitades (de manera independiente los gastos extraordinarios y esenciales como la educación) o establecer a cargo de uno o ambos padres. En el caso de que cada progenitor tenga una capacidad económica muy dispar, para tratar de corregir dicha situación y que el hijo común pueda disfrutar de similar calidad de vida en ambos periodos de custodia materno y paterno, se pueden poner importes diferentes y proporcionales a los ingresos de cada progenitor.

    En todo divorcio con hijos la prioridad es proteger y beneficiar en todo lo posible al niño y para ello es muy importante el tipo de custodia, pero también cómo se lleve a la práctica dicha regulación. Siempre será mejor un mutuo acuerdo para normalizar la separación familiar y que el niño se pueda adaptar correctamente y pueda disfrutar de los cuidados de madre y padre lo máximo posible. No hay tipos de custodia buenos o malos, sino que son como un traje a medida que se debe de adaptar familia por familia y caso por caso.

    Contestación a sección Divorcio con hijos.

  5. Hola, me quiero divorciar, nuestro piso es de alquiler pero es la casa donde vive mi hija que tiene 18 meses, el se iria fuera de madrid a vivir, entonces la custodia seria para uno, pero tambien quiero saber si la niña tendria que ir a jaen a visitarle?

  6. Buenas tardes:

    Cada caso es diferente y hay que estudiar detalladamente el caso concreto. Si el padre se va a marchar a Jaén y usted se va a quedar en Madrid con la niña la custodia debería ser materna, estableciendo tanto la pensión de alimentos como régimen de visitas que proceda en el caso. En lo que respecta al régimen de visitas al existir más de 300 kilómetros de distancia y la niña tiene 18 meses, lo más recomendable es que el padre recoja a la menor y la reintegre en su domicilio. Es algo que se puede acordar debiendo de tener muy en cuenta si se trata de un cambio de ciudad temporal o con vocación de permanencia. En un divorcio con hijos la prioridad son los hijos y al ser un hijo tan pequeño, lo más adecuado sería que fuera el padre el que se desplazara a Madrid para disfrutar de las visitas de la niña. También cabe la posibilidad de establecer un régimen de entregas y recogidas paritario en el que se reparten los desplazamientos ambos progenitores por mitades o incluso establecerlo en otra proporción.
    En un divorcio de mutuo acuerdo amistoso con hijos la regulación la deben establecer ustedes buscando lo más beneficioso para la niña después de haber recibido el asesoramiento de un abogado de su confianza, además antes de dictar sentencia el Ministerio Fiscal revisará el convenio regulador para confirmar que se considera beneficioso para la hija.

    Hay que tener en cuenta todas las circunstancias familiares, pero siendo tan pequeña un viaje de ida y vuelta de tantos kilómetros podría no ser la mejor opción, debiendo de tratar también si se acuerda y establece un reparto del pago de desplazamientos para el régimen de visitas.

    En definitiva, le invitamos a que nos llame con toda confianza para tratar el tema con profundidad y así analizar todas las circunstancias y que puedan tener una información completa para su caso.

    Muchas gracias, un saludo. Contestación publicación divorcio con hijos.

  7. Hola.

    Tengo 2 hijas mías y un niño e común con mi actual pareja. El piso es de el y yo tengo todas las de perder ya que el solo hace que decirme que me busque un piso y yo sola con 3 niños no puedo pagarlo ni de broma, pero la situación es insostenible. Mi pregunta es si me puedo amparar a algo, o los niños se quedan en la vivienda y nos movemos nosotros? Que derechos tengo?

  8. Buenos días:

    En una separación o divorcio con hijos menores lo más importante es proteger a los niños, de tal manera que la prioridad y preferencia de cara a la atribución del derecho de uso del domicilio familiar es para los hijos comunes y el progenitor custodio (al progenitor al que la regulación amistosa o contenciosa le otorgue la custodia). A los efectos de otorgar la custodia también se tiene muy en cuenta cuestiones como el arraigo de los hijos (quien se ha ocupado de ellos durante desde su nacimiento), sus horarios laborales y disponibilidad, si tienen apoyos familiares en caso de ser necesarios… etc. Pero en su caso se valorará mucho también el hecho de que tenga otros dos hermanos maternos pues lo que su busca además de la mejor regulación para los niños con sus padres, es que cuando tienen hermanos, se puedan relacionar con ellos de la manera más amplia posible.

    Por ello, con independencia de que el esposo sea al propietario del inmueble (que también se tiene en cuenta) lo determinante en su caso es qué progenitor ostentará la custodia pues lo normal es que correlativamente se le atribuya el derecho de uso y disfrute del domicilio familiar. Si el padre le está diciendo que se marche llegar a un acuerdo amistoso con el uso del domicilio para que se pueda quedar usted con el hijo será complicado, pero se puede intentar mediar y hablar con él, el acuerdo amistoso en un divorcio con hijos siempre es la mejor opción. En ocasiones se consiguen acuerdos totales y en ocasiones parciales, de manera que esos pequeños acuerdos suponen un gran avance, pues para el caso de que tengan que ir a un juicio contencioso se han reducido los hechos controvertidos (las cuestiones que se discuten en el proceso).

    Muchas gracias y mucho ánimo, si le podemos ayudar cuente con ello. Abogados de divorcio express con hijos.

  9. Tengo en mente divorciarme, tengo 2 hijos de 10 y 6 años, estamos casados en gananciales, la casa la construimos nosotros antes de casarnos, no está escriturada, se construyó en un terreno de mi marido por herencia, pero yo invertí, tiempo, dinero y trabajo puesto que yo fui la peón. Yo trabajo en servicio doméstico sin asegurar. No quiero ir a malas, yo me iría de alquiler con mis hijos, la custodia de ellos la quiero para mí, mi pregunta es, que les pertenece a mis hijos? Cuáles son las obligaciones de mi marido? Muchísimas gracias

  10. Buenos días:

    Habría que estudiar el caso detalladamente, pero lo más importante es determinar cuál será el régimen de custodia, pudiendo ser monoparental de padre o madre o compartida. Lo mejor es que ambos se pongan de acuerdo, nosotros podemos ayudarles a resolver cualquier duda jurídica y tratar de proponer la mejor regulación para ambos esposos y principalmente para los hijos.
    Desde 2013 es preferente la custodia compartida en España siempre que no existan motivos concretos que la desaconsejen por considerar que puede ser perjudicial para los niños.
    Se debe de tener en cuenta muchas cuestiones, entre otras, qué progenitor se ha dedicado al cuidado de los niños en el pasado y presente y cuál es el que puede ofrecer el mejor proyecto futuro. También la disponibilidad, la existencia de apoyo familiar en caso de no poder atener en todo momento los padres a los hijos, vivienda, la propia relación que tengan los hijos con cada uno de los progenitores al igual que el deseo de los niños, que no será determinante pues los niños no pueden elegir su regulación paternofilial en una separación o divorcio con hijos, pero sí se debe de tener en cuenta.

    Es perfectamente razonable como usted quiere establecer una custodia materna y que al ser el domicilio familiar propiedad del padre, que usted y los niños se vayan a un alquiler, pero también hay que estudiar si es viable en función de los ingresos de usted y del padres para que la regulación que se establezca pueda llevarse a la práctica. No es que un tipo de custodia sea mejor que otro, sino que cada sistema de custodia se adaptará mejor o peor a las necesidades familiares y lo mejor es el mutuo acuerdo por costes, plazos y reducir enfrentamientos, pero también supone que el desarrollo familiar después de la separación o divorcio con hijos se pueda normalizar y llevar a la práctica de una manera más flexible y cordial.

    El tema de la propiedad, al ser del esposo él sería el propietario, pero usted tendría derecho tanto a las cantidades que haya invertido antes del matrimonio o la mitad (en conjunto a los demás bienes y deudas de la sociedad de gananciales) de posibles gastos de hipoteca o reformas o mejoras durante el matrimonio.

    Las obligaciones tanto de usted como madre como las del padre hasta que existe separación o divorcio que las delimite, serán indistintas de ambos, no tiene uno más derechos u obligaciones que otro, sino que hasta que haya una resolución será todo compartido sin distinción. Por ello es tan importante establecer una regulación en el divorcio con hijos que sea positiva para ambos cónyuges y especialmente beneficiosa para los niños pues desde ese momento se podrán distinguir entre derechos y obligaciones individuales: Patria potestad, guarda y custodia, derecho de visitas y comunicaciones, obligaciones económicas (pensión de alimentos, gastos extraordinarios.. etc).

    Con nuestro despacho de abogados las consultas con gratuitas y pueden consultarnos sus dudas con toda confianza, un saludo.

    Contestación divorcio express con hijos en España.

  11. Yo vivo de alquiler y mi hijo tiene 3 años. No me es posible hacerme cargo del alquiler , tendría el padre algún deber ecónomo respecto para esa circunstancia? Tendríamos alguna ayuda económica por su parte obligatoriamente? O solo la pensión alimenticia? Gracias.

  12. Buenas tardes:

    Lo primero que hay que estudiar en un divorcio con hijos es el tipo de custodia más beneficioso para el niño. Después establecer la pensión de alimentos en la que se debe de tener en cuenta todas las circunstancias familiares y muy especialmente las necesidades del hijo.

    El padre no tendrá obligación de pago o contribución al pago del alquiler, pero sí que tendrá que tenerse en cuenta de cara al establecimiento de la pensión de alimentos, si usted no tiene ingresos para pagar el alquiler y por tanto tampoco otras tantas necesidades la pensión deberá de modularse y por tanto ser más alta que la que debería de establecerse en los casos en los que ambos progenitores tuvieran medios económicos suficientes.

    Con cualquier duda pueden consultarnos, las consultas son gratuitas.

  13. Mi marido tramito el divorcio pero como la mujer con la k estáva lo dejo el se regreso a vivir a casa por qué dice que el tiene derecho de vivir aquí por qué el es el que trabaja y paga todo y todo es de el pero tengo entendido que no puede vivir aquí en la misma casa si ya tramito el divorcio aquí que procede ??

  14. Buenos días:

    Si están divorciados tienen un decreto o sentencia de divorcio y en él debe de especificarse a qué cónyuge se le atribuye el derecho de uso y disfrute del domicilio familiar. Si en la regulación se indica que el uso le corresponde a usted, efectivamente él no tendría derecho a vivir en dicho domicilio. Si quieren pueden contactar con nuestros abogados y remitir la copia de su convenio regulador, decreto o sentencia de divorcio para que la revisemos y le podamos confirmar gratis sin ningún tipo de coste. Gracias un saludo.

  15. Hola, mi situación es la siguiente, estoy casada hace 8 años yo soy extranjera con residencia y en proceso ya de la nacionalidad concedida, tenemos una hija de 4 años, pero el matrimonio se ha vuelto insostenible y pienso en separarme o divorciarme para tener tranquilidad en el hogar, el problema es que yo soy ama de casa dedicada al 100% a mi hija y a la casa y el es que trabaja por ello sólo me amenaza que si me separó el no va permitir que me quede con la niña que el se la iba a quedar, tengo miedo que la ley le de la custodia a el por ser español y el que trabaja. Necesito ayuda 😩 sino debo aguantar en la casa a su lado por temor a que me quite a mi hija

  16. Buenas tardes:
    El hecho de que su marido y padre de la hija común le diga que le va a quitar a la hija y que se la va a quedar él, no debe de llevarle a una preocupación real, pues no debemos cosificar a los hijos ni tratarles como objetos o propiedades, en ningún caso un Juzgado le va a quitar a la niña a ninguno de los padres (podrían establecer limitaciones en casos muy graves que por lo que indica no es su caso).

    El hecho de que el padre sea español y usted no tenga la nacionalidad española o que el padre trabaje y usted no, no supone que vayan a tener un reconocimiento de derechos y obligaciones diferentes. Además no es correcto el enfoque peyorativo del desvalor de pensar que por no tener ingresos o ser extranjera tiene menores derechos/obligaciones respecto los hijos. De hecho para el cuidado de los niños y más aún al ser pequeños como es su caso con una hija de 4 años, se tiene muy en cuenta qué progenitor ha realizado los cuidados desde el nacimiento y por tanto a qué rutinas de cuidado están acostumbrados los hijos; y en muchos casos el hecho de que un progenitor no trabaje supone una ventaja comparativa para atender a los hijos por tener plena disponibilidad, especialmente en los casos en los que el otro progenitor tiene un horario incompatible con los cuidados de los hijos.

    Lo mejor es llegar a un entendimiento amistoso, pero en el caso de que tengan que resolver la situación en proceso judicial se van a valorar multitud de cuestiones: Cuidados previos, disponibilidad horaria, proyecto de cuidado con cada progenitor, relación entre progenitores, relación de cada progenitor con la hija, la existencia de familiares y entorno que pueda apoyar de manera auxiliar a los padres para cuidar a los niños.. etc.

    En un divorcio contencioso con hijos menores, debe de tener en cuenta que la custodia compartida es preferente en España siempre y cuando ambos progenitores reúnan los requisitos y condiciones de idoneidad para el ejercicio de la custodia.

    De mutuo acuerdo en un divorcio con hijos son los progenitores los que acuerdan en el convenio regulador la custodia y demás medidas de los niños y el hecho de que actualmente no exista acuerdo no debe de ser motivo de descartar que el divorcio amistoso sea posible.

    Con nuestros abogados las consultas son gratuitas, si quiere puede resolver sus dudas para que traslademos la propuesta de divorcio amistoso y las medidas de de regulación de la hija común para intentar que la otra parte entienda la propuesta, permitirle si así lo desea que formule igualmente otra propuesta y ojalá acabar llegando a un entendimiento adaptado a las necesidades familiares y beneficie a la niña.

    Hay que establecer el derecho de uso y disfrute de la vivienda familiar, patria potestad, guarda y custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos, en su caso pensión compensatoria… etc.

    Habría que estudiar las circunstancias familiares para valorar si procede establecimiento de una pensión compensatoria al no tener usted ingresos actualmente. Hay que valorar la dedicación a la familia, edad, duración del matrimonio, régimen económico matrimonial, ahorros… etc. Pero al haber estado casados 8 años o no procede, o de proceder seria por un tiempo limitado.

    Mucho ánimo, es recomendable no someter a la relación familiar a más presión de la que puede aguantar y tratar de llegar a soluciones amistosas a tiempo de que se degrade y empeore la relación tratando de evitar enfrentamientos y situaciones límite, de las que en un divorcio con hijos menores los más perjudicados suelen ser los niños.

    Contestación sección: Divorcio con hijos.

  17. Hola, mi mujer y yo nos queremos divorciar.Tenemos un niño de 12 años Yo no trabajo y no tengo ingresos. El piso lo compramos los dos pero desdes hace años, ella paga la hipoteca y los gastos. Yo me dedico a la casa y he cuidado del niño. Ella se dedica a las actividades extraescolares y todo lo que tiene que ver con el instituto. La relación no es muy mala y queremos lo mejor para nuestro hijo.
    Yo por un lado pensaba en valorar el piso y me diera ella una parte para irme, pero creo que eso no puede ser. Otra cosa es quedarme viviendo en el piso hasta que encuentre un trabajo, no sé si eso sería posible. Y si no trabajo cómo voy a pagar gastos y una pensión alimenticia a mi hijo. Ella tiene buenos ingresos y quiere la custodia y me dejaría ver a mi hijo cuando quiera. Qué me recomiendas.
    Gracias

  18. Buenos días:

    La situación es compleja. Lo primero que hay que analizar qué tipo de custodia es la mejor para el niño para mantener su estabilidad y relación con ambos progenitores. La custodia compartida es preferente en España, pero ustedes pueden acordar lo que estimen conveniente pues no hay tipos de custodias buenas o malas, sino las que mejor o peor se adaptan a las necesidades de hijos.

    Habría que analizar el régimen económico matrimonial, pues en función de su es gananciales o separación de bienes, la situación es diferente. Sea como fuere, en ambos casos, si el piso es ganancial con liquidación de gananciales y si es privativo en proindiviso con extinción de condominio, ustedes pueden transmitir la propiedad para que su esposa adquiera su porcentaje de propiedad o a cambio del dinero que corresponda.

    Si usted es que transmite su porcentaje de propiedad a su esposa, recibirá un dinero que seguro que le ayudará a procurarse una vivienda. Lo normal es que ambos trabajen para que ambos tengan independencia económica. Se podría estudiar incluso la posibilidad de que la esposa tuviera que abonarle una pensión compensatoria si existiera un desequilibrio económico por su dedicación a la familia, pero habría que analizar el caso concreto.

    En una custodia de madre (al igual que si fuera de padre) el progenitor no custodio necesariamente debe de abonar una pensión de alimentos que deberá de ajustarse a las necesidades. Como es una cuestión muy delicada e importante, si quiere puede llamarnos con toda confianza para resolver las dudas pues cada convenio regulador de un divorcio con hijos debe de adaptarse al caso concreto, siendo muy importante la regulación, pero también cómo se lleva a cabo dicha regulación y a dicho efecto es muy importante y valioso mantener la cordialidad para que se pueda normalizar amistosamente la aplicación en la práctica beneficiosa para el niño.

    Muchas gracias y mucha fuerza.

  19. La pareja de mi hija se ha ido de la casa de ella, dejando un bebe de 1 año, y quiere la custodia compartida, vive a 30 km de la casa de mi hija y el bebe, con sus padres, quiere hacer un documento para proteger al bebe, y entre todas las clausulas quiere que el bebe vaya a un colegio entre uno y otro, y que este 3 meses con cada uno, me parece de locos que un abogado firme semejante atrocidad, pero puede llevarse a cabo, si el bebe es lactante.

  20. Buenos días:

    El proceso que deberá gestionar es el de guarda y custodia, cuyos trámites, plazos y costes son semejantes a los de un proceso de divorcio.

    Al ser un bebé lactante lo razonable es que esté bajo la custodia materna al menos mientras que siga siendo lactante. Hasta los 3 años no comienza el colegio, pero si quieren que acuda a una guardería, es buena opción si así lo consideran conveniente.

    La regulación se debe de establecer de la manera más beneficiosa para el bebé. El hecho de residir a 30 kilómetros los padres realmente no es un obstáculo insalvable, pero sobre todo hay que tener en cuenta la edad del niño. Se puede incluso establecer un sistema de custodia progresivo en el que el régimen de visitas del padre vaya de menos a más adaptando los cuidados a a las necesidades del hijo.

    En caso de custodia compartida, el periodo de 3 meses desde nuestro punto de vista es demasiado, pero hay que analizar las circunstancias familiares y necesidades del hijo. En los casos de custodia compartida, se suele establecer una custodia semanal, pues la vida del niño cuando vaya al colegio será semanal, con una parte lectiva en la que los hijos deben madrugar y estudiar y otra de fin de semana en la que tienen descanso, de manera que si se adapta la custodia a el periodo semanal podrá disfrutar el niño de gran estabilidad y organización. Incluso hay padres que acuerdan dentro de la custodia semanal días intersemanales (tardes entre semana) en favor del progenitor al que no le toca el cuidado del niño cada semana.

    En resumen, no hay una regulación buena o mala en general en un divorcio con hijos, sino aquella que se adapta, o no, a las circunstancias familiares y muy especialmente a las necesidades de los hijos. Con un bebé lactante, una custodia compartida por periodos de 3 meses, a priori, no parece ser la mejor opción.

    Sea como fuere, evitar un juicio contencioso y tramitarlo de mutuo acuerdo ahorrará tiempo, dinero y enfrentamientos. Muchas gracias un saludo.

  21. Muy buenas, me separé hace algo mas de un año de mi mujer sin hacer ningún tramite de papeleo y me fuí a un piso de alquiler y ahora me quiero divorciar legalmente. Tenemos un niño de 7 años y los dos trabajamos. Sobre el tema del niño, hemos llegado a un acuerdo verbal y actuamos como si tuviesemos la custodia compartida, es decir, una semana cada uno y los gastos del niño a medias. La duda es sobre el piso, mobiliario y coches. Compramos un piso que está a nombre de los dos (50% cada uno) pero actualmente está vivienda ella allí y los gastos del piso (hipoteca+comunidad+seguro) lo pagamos a medias menos los suministros (luz+agua+gas) que los paga ella. Yo aparte de ese 50% del piso en común, también estoy pagando alquiler + suministros de un piso donde vivo actualmente. Tambien tenemos un coche con 15 años y otro con 7 q está relativamente nuevo y se lo ha quedado ella (por acuerdo verbal mientras arreglabamos la situacion). Me gustaría que me recomendarais como gestionar el reparto de todo porque por otro lado, yo gano aproximadamente el doble que ella y ya me ha comentado que no va a poder afrontar todos los gastos del piso mensualmente y pagarme la parte proporcional que me corresponde si se lo queda ella. Desconozco si influyen los salarios en la repartición de bienes/mobiliarios/coches e incluso si tendría que pagar algún dinero con la custodia compartida del niño o no tiene nada que ver. Me podriais recomendar como actuar o que opciones tengo de gestionar el tema. Muchas gracias de antemano. Saludos

  22. Buenas tardes:

    En una custodia compartida es muy buena organización familiar el hecho de que cada progenitor asuma las necesidades del hijo en los momentos en los que está con cada uno de ustedes y los demás gastos a medias. A pesar de ello, en los casos en los que uno de los progenitores tiene mayores ingresos (como en este caso si son el doble) es recomendable modular las aportaciones con un porcentaje diferente de cada progenitor para los gastos del menor (educación, comedor, gastos extraordinarios…etc) o establecer una pensión de alimentos en el que usted pagará un importe mayor con la intención de mantener el mismo nivel de vida del hijo después del divorcio con cada progenitor.

    Habría que analizar el caso, pues si la madre tiene una menor capacidad económica y se le atribuye el uso del domicilio familiar común y los gastos del inmueble se abonan a medias y de manera independiente usted abona un alquiler, es una muy buena solución, al atribuir el derecho de uso del domicilio común familiar al cónyuge y progenitor en una peor situación económica. Si a pesa de ello la esposa no puede sufragar los gastos debemos de analizar detalladamente la situación.

    Puede ser una buena opción poner a la venta la vivienda para repartir el dinero obtenido por la misma para que cada uno pueda costear de manera independiente una vivienda adaptada a las posibilidades económicas, pero sólo en ocasiones merece la pena en términos de liquidez, pues el hecho de que usted abone la mitad de los gastos inherentes a la propiedad ya supone un desahogo y ahorro económico para la esposa. Habría que estudiar cuáles son sus ingresos y si existe desequilibrio económico a los efectos de establecer, en caso de que sea procedente (pues a priori si la esposa trabaja no sería procedente salvo gran desequilibrio económico en relación a las demás circunstancias del matrimonio: Edad, duración del matrimonio, dedicación a la familiar… etc).

    El hecho que de mutuo acuerdo hayan acordado de hecho la custodia compartida es muy positivo, pero conviene tramitar un proceso de divorcio de mutuo acuerdo analizando la situación familiar para dotar de estabilidad a la relación familiar.

    Un abrazo y mucho ánimo, gracias.

  23. Hola me quiero divorciar tengo 2 hijos 1 de 10 y el otro tiene 15 años . Vivimos de alquiler y mi pareja quiere que me valla yo .me dice que me tengo que ir yo xq el a comprado todo y el fue quien hizo el contrato de alquiler . Somos extranjeros y lo único que tenemos es un coche y una moto y las cosas que hemos comprado para la casa de alquiler, quería saber cuales son.mis derechos

  24. Buenos días:

    El domicilio conyugal se destina a un fin familiar y es por ello que el esposo no puede echarla a usted, al igual que usted tampoco puede hacerlo con
    él. Es perfectamente legal transmitir el deseo o propuesta de que el otro cónyuge se marche del domicilio familiar, siempre y cuando no sea de manera intimidante o coaccionante, pero ninguno de los dos tiene la obligación de marcharse.

    Lo principal que se debe de tener en cuenta para atribuir el derecho de uso del domicilio familiar es la guarda y custodia de los hijos, de manera que el progenitor custodio y los hijos comunes tendrán la preferencia en la atribución del derecho de uso.

    En lo que se refiere a los enseres de la vivienda, la mayoría suelen formar parte del ajuar familiar que también debe de atribuirse al progenitor custodio e hijos menores preferentemente.

    De hecho, habría que analizar el régimen económico matrimonial, pues en el caso de que tengan separación de bienes sí serian los enseres del esposos si él los ha adquirido, pero si tienen bienes gananciales serían de ambos con independencia de que el esposo los haya comprado, pues lo habría hecho con dinero ganancial (salvo que pudiera acreditar que se ha adquirido con dinero privativo).

    Hay que analizar la situación familiar, puede contactar con nuestro despacho de abogados para tratar de resolver dudas y mediar para intentar alcanzar un acuerdo amistoso y lo más razonable y constructivo para ambos cónyuges y también los hijos comunes. Un saludo mucho ánimo en este difícil momento.

  25. Hola buenas, me quiero divorciar y me gustaría saber cuáles son mis derechos y obligaciones y las de mi marido. Tenemos 2 hipotecas en bienes gananciales y 2 hijos en común, uno todavía menor de edad estudiando fuera y otro mayor de edad dependiente todavía económicamente. Mi preocupación es si podré mantener a mis hijos con los gastos de alimentación y demás cotidianos y en estudios con un pequeño sueldo, ya que mi marido amenaza con irse si tomo la decisión y despreocuparse de todo ganando el triple que yo, por lo que no me atrevo a dar el paso por este motivo. Muchas gracias.

  26. Buenos días:

    Respecto de los hijos comunes lo más importante es regular la patria potestad y guarda y custodia.

    La patria potestad supone la toma de decisiones esenciales de los hijos suele ser compartida.
    La guarda y custodia supone que un progenitor en custodia monoparental o ambos en custodia compartida cuida a diario de los hijos, con quien conviven principalmente.

    Una vez determinado el régimen de visitas adecuado en función de las circunstancias familiares se debe de establecer el régimen de visitas y pensión de alimentos.

    El padre no puede desentenderse, lo que indica de que se va a marchar de hecho es una irresponsabilidad familiar. Es por ello, que es mejor de mutuo acuerdo, pero un divorcio con hijos contencioso a pesar de ser más lento, caro y desagradable determinará una regulación que proteja a los hijos.

    La custodia compartida es preferente en España desde 2013, pero habría que valorar el caso, su el padre pretender marcharse y desentenderse denota signos de que la mejor opción sería la custodia materna. En ese caso se establecería una pensión de alimentos adecuada, si el padre gana tres veces más que usted, la pensión será proporcionar a los ingresos del padre y necesidades de los hijos. Existe una tabla orientativa del Poder Judicial que puede ser muy útil. Puede consultarnos con los datos concretos para que nosotros realices el cálculo y consejo/recomendación. Las gestiones de mediación también son gratuitas con nuestro despacho y la intención es conseguir un acuerdo amistoso.

    El derecho del uso del domicilio se suele atribuir a los hijos menores y progenitor custodio conjuntamente. El hijos mayor de edad ya no está sometido a patria potestad, guarda y custodia y régimen de visitas, pero sí se deberá de establecer la regulación y pensión de alimentos que corresponda.

    En lo que respecta a las hipotecas comunes, salvo paco en contrario, se suelen abonar por mitades de manera correlativa a la propiedad al igual que los demás gastos como IBI y cuota de comunidad extraordinaria (derramas). El progenitor que se queda con el uso del domicilio es el que debería de abonar los gastos de comunidad ordinaria, consumos y suministros.

    Muchas gracias y mucho ánimo

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