Patria potestad y guarda y custodia de los hijos en separación matrimonial o divorcio express en España

Divorcio quién se queda con la custodia de los hijos

Divorcio quién se queda con la custodia de los hijos:

En un divorcio con hijos la cuestión más importante a resolver es la regulación paternofilial. Son muchos los casos de familias que acuden a separarse o divorciarse y formulan la siguiente pregunta al abogado que le asesora:

¿Quién se queda con la guarda y custodia de los hijos en un divorcio?

En primer lugar debemos tratar de no cosificar a los hijos como si fueran posesión o propiedad de los progenitores. Es frecuente que en los procesos de separación o divorcio se hable de «mis» o «tus» hijos en función de la connotación positiva o negativa de la cuestión que se esté tratando.

Verbi gratia, es común escuchar respecto de los hijos comunes frases como: «mis hijos necesitan….» y en otro contexto «tus hijos tienen un mal comportamiento».

Los hijos deben de ser la prioridad de la separación o divorcio, pues como se expresa en derecho, son el bien jurídico más digno de protección.

¿Quién se queda entonces con los hijos?

Habrá que estudiar caso por caso y familia por familia para establecer la mejor regulación posible en función de las peculiaridades y circunstancias familiares y primordialmente las necesidades de los niños. Ambos progenitores deben de atender a los menores tanto cuando están juntos como cuando se separan o divorcian. Además, es un error pensar que si no ostentamos la guarda y custodia de los hijos «no nos los han dado o no los tenemos», pues no son objetos.

Guarda y custodia de los niños en procesos de familia
Custodia de los niños

Los hijos en cualquier sistema de custodia siguen estando al cuidado de ambos progenitores, pero de manera regulada, para garantizar la organización, equilibrio y estabilidad de los menores.

Custodia monoparental paterna o materna o custodia compartida supone «quedarse» con los hijos, sin que un tipo de custodia tenga un desvalor respecto de los otros. Cada familia es diferente y por ello habrá que estudiar cada caso para establecer el tipo de custodia más adecuado.

No es que la madre se quede con los hijos en una custodia materna y el padre correlativamente los pierda. No, hay que desterrar la creencia que parte de prejuicios.

De mutuo acuerdo los progenitores son los que deciden la regulación a establecer en el convenio regulador y que después se solicita homologar judicialmente al Juzgado por sentencia.

A continuación brevemente resolveremos algunas de las dudas e inquietudes que muchas familias con hijos tienen en el momento de la separación o divorcio.

¿Qué mira un juez para dar la custodia?

En la práctica en un proceso amistoso lo más frecuente es que el Juzgado se limite a estudiar el contenido del convenio regulador y que por desgracia no llegue a valorar ni aún a conocer la realidad familiar. Con el colapso judicial dicha práctica sería inviable sin un refuerzo de medios personales y materiales.

En un proceso contencioso el juez buscará como prioridad lo mejor para los menores teniendo en cuenta todas las circunstancias en su conjunto, pero caben destacar entre otras las siguientes cuestiones:

  • Horarios y disponibilidad de los familiares para cuidar a los niños.
  • Cómo se hayan organizado los cuidados de los menores durante la convivencia familiar y en su caso la separación de hecho.
  • Edad, actitud y si existe exploración judicial o informe psicosocial se tiene en cuenta la opinión o deseo de los hijos (pero ojo, aviso a navegantes, no pueden decidir su custodia y las influencias inadecuadas de los progenitores que puedan ser detectadas se valoran muy negativamente para ese progenitor).
  • Apoyos de familiares para los cuidados.
  • Tipo de relación entre progenitores (cordialidad, facilidad para entendimiento.. etc).
  • Los proyectos familiares que pretende establecer cada progenitor.. etc.
Abogado para evitar que me quiten la patria potestad y guarda y custodia de mis hijos
Miedo a perder la custodia de los hijos

¿Cuándo te pueden quitar la custodia de sus hijos?

Siguiendo lo ya indicado, el hecho de que exista un determinado tipo de custodia no quiere decir que uno de los progenitores le quite la custodia al otro. Simplemente ambos progenitores deben en primer término de intentar acordar el mejor tipo de custodia para sus hijos y subsidiariamente, en caso de que no sea posible establecerlo amistosamente, acudir al proceso contenciosos para que lo valore y establezca el juez.

De mutuo acuerdo se podrán realizar tantos cambios de custodia como los progenitores estimen convenientes siempre y cuando sean razonables y obtengan la correspondiente homologación del Juzgado. A dicho efecto cabe destacar que en los procesos con menores intervendrá el Ministerio Fiscal que en estos casos tendrá la oportunidad de pronunciarse en cuanto a la procedencia de la regulación paternofilial.

Existen familias separadas o divorciadas con hijos que sienten una gran presión o tensión pensando que «me van a quitar la custodia de los niños».

En primer lugar hay que asesorarse individualizadamente para poder entender y aplicar la regulación que corresponda.

Pero ningún padre o madre que esté cuidando y atendiendo adecuadamente a los niños tiene que tener miedo a que le quiten la custodia, pues los Juzgados están para proteger a los menores y para reforzar la relación con cada uno de sus progenitores.

Hay que procurar lo mejor en cada momento para los niños y si circunstancialmente existe algún impedimento para que alguno de los progenitores atienda adecuadamente a los niños lo correcto es que ambos padres acuerden lo que en ese momento sea menor para los niños.

No hay que tener la rigidez de pretender que «no me quiten la custodia de los niños», sino que hay que tener la predisposición y flexibilidad que sea posible para adaptar en cada momento los cuidados de los menores buscando como prioridad el beneficio de estos.

¿Cuándo se extingue la guarda y custodia?
¿Cuándo se extingue la guarda y custodia de los hijos? Tanto la patria potestad como la guarda y custodia de los hijos se extingue a la mayoría de edad, en España como bien es sabido, al cumplir los 18 años.
Debemos de entender la diferencia entre patria potestad y guarda y custodia.

Patria potestad de los hijos en divorcio y separaciones:

La patria potestad es la facultad de los progenitores de participar en las cuestiones y decisiones esenciales de la vida de los hijos comunes.
¿Cómo qué? Por ejemplo cuestiones médicas, decisiones esenciales escolares o lugar de residencia.
Normalmente la patria potestad es compartida salvo casos en los que se acuerde la patria potestad exclusiva de uno de los progenitores o que alguno se considere que no está capacitado para ejercer la patria potestad (maltrato, adicciones… etc)

Guarda y custodia de los hijos en divorcios y separaciones: 

La guarda y custodia es la facultad respecto de los cuidados cotidianos de los hijos. Por ejemplo, el progenitor con el que pernoctan los hijos, el que toma las decisiones cotidianas.. etc etc.
Es posible establecer una custodia compartida de ambos progenitores y también una custodia monoparental, ya sea de madre o de padre, denominando al otro progenitor en ese caso, progenitor no custodio (al que le corresponderá un derecho de visitas, obligación de pago de alimentos.. etc).
Patria potestad y guarda y custodia de los hijos en separación matrimonial o divorcio express en España
Quién se queda con la custodia de los hijos
¿Quién se queda con la guarda y custodia de los hijos en un divorcio?

Abogado especialista en Derecho de Familia. Titular del bufete Abogados Cebrián & Asociados. Premio Nacional de Ley en Derecho de Familia 2020. Colegiado del ICAM 85.585.

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