Notificación de demanda de divorcio.
¿Cómo y dónde se notifica la demanda de divorcio al cónyuge demandado?
En primer lugar aclararemos cuestiones previas que pueden parecer evidentes, pero que pueden ayudar a entender de manera comprensible a cualquier persona que no esté familiarizada con las cuestiones jurídicas y técnicas.
- Únicamente existirá notificación de la demanda en un proceso contencioso (no en un mutuo acuerdo).
- La parte demandante presenta la demanda con abogado y procurador.
- Una vez que el Juzgado revisa los requisitos de la demanda, la admite a trámite y procede a la notificación de la demanda a la parte demandada.
- La notificación a la demanda consiste en la comunicación del Juzgado al demandado con copia de la demanda y con el oportuno apercibimiento para que pueda ejercer sus derechos y obligaciones respecto de la demanda presentada por la parte demandante.
¿Cómo y dónde se notifica la demanda de divorcio?
¿Cómo y dónde se notifica la demanda de divorcio?
El primer intento de notificación se realizará en el domicilio que haya indicado la parte demandante en su demanda.
En el caso de que la notificación sea positiva y por tanto la reciba la parte demandada, tendrá 20 días para contestar a la demanda, pues de no hacerlo, pasados 20 días hábiles a contar desde el siguiente al de notificación, se le declarará en situación de rebeldía procesal.
Para el caso de que la parte demandada quiera solicitar justicia gratuita (abogado y procurador de oficio) deberá de realizar la petición en los 3 días siguientes al de la notificación de la demanda.
¿Qué pasa si el demandado no coge la demanda de divorcio?
En el caso de que la notificación de la demanda a la parte demandada sea negativo y por tanto no sea recepcionada, el Juzgado requerirá a la parte demandante que formule la petición que considere oportuna.
De conocer otro posible domicilio, lo normal es que la parte demandante solicite que se intente la notificación en el otro domicilio que conozca.
Para el caso de que no conozca ningún otro domicilio, podrá solicitar que se realice una averiguación domiciliaria por medio del punto neutro judicial, se trata de un servicio que no supone coste alguno para el litigante.
En este caso el Juzgado intentará notificar la demanda a la parte demandada en todos los domicilios que aparezcan en la averiguación domiciliaria de manera que existen dos posibilidades: Que consiga notificar la demanda o que en ninguno de ellos sea posible.
¿Qué ocurre en el caso de que no se consiga notificar la demanda ni en los domicilios conocidos ni los resultantes de la averiguación domiciliaria?
Notificación por edictos de la demanda de divorcio:
En el caso de que no haya sido posible la notificación no en los domicilios conocidos por la parte demandante ni en los resultantes de la averiguación domiciliaria, la notificación se llevara a efecto por edictos.
El edicto se publica en el tablón de anuncios del Juzgado, dando por notificada la demanda a la parte demandada y continuando con la tramitación.
En estos casos lo que suele pasar es que la parte demandada no tenga conocimiento realmente de la demanda, se le declare en situación de rebeldía procesal y el proceso acabe con la sentencia que declare la disolución del matrimonio por causa de divorcio y demás pronunciamientos, sin intervención ni conocimiento de la parte demandada.
En este caso, el Juzgado suele requerir a la parte demandante para la publicación de la sentencia en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma que corresponda.
Por ejemplo, si se trata de un proceso tramitado en la Comunidad de Madrid, la publicación se realizará en el BOCAM.
Esta publicación tiene un coste variable en función de la extensión que puede ser de entre 200 y 500 euros. En los casos en los que la parte demandante sea beneficiado de justicia gratuita, no tendrá coste dicha publicación.
Abogado especialista en Derecho de Familia. Titular del bufete Abogados Cebrián & Asociados. Premio Nacional de Ley en Derecho de Familia 2020. Colegiado del ICAM 85.585.